Introducción

¿Qué es un Consejo Social?

El Consejo Social es un órgano colegiado de gobierno de la universidad encargado de representar institucionalmente a la sociedad en el seno de la institución universitaria. Su misión es fortalecer la relación entre la universidad y su entorno económico, cultural y territorial, fomentando la transparencia, la rendición de cuentas y el impulso estratégico. Su naturaleza participativa, con representación de actores externos e internos, garantiza una visión plural y abierta del gobierno universitario.
Cortesia del Consejo Social de la Universidad de Valencia

Funciones del Consejo Social según la LOSU

La Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) otorga al Consejo Social un conjunto amplio de competencias orientadas a reforzar la conexión entre la universidad y la sociedad, fomentar la transparencia institucional, supervisar la actividad económica y participar en la planificación estratégica de la universidad.

Sus funciones esenciales, recogidas en el artículo 47 de la LOSU, pueden agruparse en los siguientes ámbitos:

1. Planificación estratégica y conexión con el entorno.

  • Elaborar, aprobar y evaluar un plan trienal de actuaciones que fomente las relaciones de la universidad con su entorno económico, cultural y territorial.
  • Participar, junto con el Consejo de Gobierno, en comisiones conjuntas para reforzar el papel de la universidad en su entorno.
  • Aprobar el Plan Plurianual de Financiación de la universidad, a propuesta del Consejo de Gobierno, y realizar su seguimiento.

2. Supervisión económica y presupuestaria.

  • Aprobar el presupuesto anual de la universidad e incorporar en él las previsiones del plan trienal.
  • Supervisar la actividad económica de la universidad.
  • Aprobar las cuentas anuales tanto de la universidad como de sus entidades dependientes.

3. Promoción de relaciones externas y captación de recursos.

  • Impulsar la captación de financiación procedente de instituciones y sectores sociales, empresariales y culturales.
  • Promover acciones para facilitar la colaboración con el entorno y la formación a lo largo de la vida.

4. Evaluación institucional y académica.

  • Analizar y valorar el rendimiento de las actividades universitarias y proponer acciones de mejora.
  • Informar sobre la oferta de titulaciones y sobre las normas de progreso y permanencia del estudiantado.

5. Otras funciones relevantes.

  • Aprobar las asignaciones de los complementos retributivos del personal.
  • Participar con voz y voto en el Consejo de Gobierno, según determinen los Estatutos.
  • Velar por el cumplimiento de los principios éticos, de integridad académica y de las directrices antifraude.

Más allá de las funciones recogidas expresamente en el artículo 47, el Consejo Social interviene de forma decisiva en otros aspectos clave de la gobernanza universitaria. La LOSU distribuye estas competencias adicionales en distintos artículos a lo largo de su articulado, reforzando el papel institucional del Consejo como garante del interés general, supervisor económico y puente entre la universidad y su entorno. Además, el Consejo Social puede ejercer otras funciones que le atribuya la legislación autonómica. Para el cumplimiento de estas responsabilidades, la LOSU establece que deberá contar con una organización de apoyo adecuada, pudiendo disponer de un presupuesto propio y de capacidad de gestión económico-presupuestaria.

Consulta la guía de Introducción al Consejo Social 2025 para conocer su marco normativo, funciones y su papel en la gobernanza universitaria.