Durante el proceso de audiencia pública abierto por el Ministerio de Trabajo y Economía Social la Conferencia de Consejos Sociales de las Universidades Españolas (CCS) ha manifestado sus consideraciones frente al Anteproyecto de Ley del Estatuto de las Personas en Formación Práctica No Laboral en el Ámbito de la Empresa, coloquialmente conocido como Estatuto del Becario.
La CSS valora positivamente los esfuerzos realizados por el Gobierno reconociendo avances como la relevancia de la formación práctica y el enfoque en la calidad educativa; el refuerzo de la protección de los derechos del estudiantado en prácticas; la claridad jurídica y regulatoria en la definición de las prácticas formativas; el fomento de la inclusión y equidad a través de las medidas para garantizar la igualdad de género; y los incentivos a la participación empresarial.
Sin embargo, considera que el marco normativo debe seguir perfeccionándose para lograr una aplicación efectiva y equilibrada, por lo que presenta una serie de consideraciones generales y específicas.
En primer lugar, la Conferencia sugiere la participación de las universidades y sus consejos sociales u otros órganos con similares competencias en las universidades privadas, ya que es imprescindible que sean escuchados durante el proceso normativo al poseer un conocimiento técnico profundo y una visión integral de las necesidades del estudiantado y del tejido productivo. De igual modo, estima necesario un cambio en el título de la norma, puesto que un alto porcentaje de las prácticas tienen lugar en el sector público, por lo que el título de la norma debería reflejar esta realidad.
Asimismo, plantea la cuestión de la coordinación con la normativa educativa vigente. Las prácticas deben diseñarse, ejecutarse y evaluarse de acuerdo con los marcos pedagógicos establecidos por las autoridades educativas puesto que se pueden generar inconsistencias que afecten a la calidad formativa.
Con respecto a la duración y flexibilidad de las prácticas, la CCS considera que restringir las prácticas curriculares al 25% de los créditos ECTS impone límites y directrices que entran en conflicto con la normativa vigente. Además, el límite actual de 480 horas para prácticas extracurriculares resulta claramente insuficiente, por lo que propone ampliar esta duración a un mínimo de 900 horas. Sugiere que la normativa sea flexible para ajustar la duración de las prácticas a las necesidades de cada sector. En este sentido, se podría implementar un sistema de excepciones justificadas para atender casos específicos.
Por otra parte, recomienda un enfoque centrado en la calidad y no en el fraude. Centrarse exclusivamente en el fraude desvirtúa el objetivo principal de las prácticas: facilitar la transición al mercado laboral mediante una formación de calidad, por lo que esto debería ir acompañado de iniciativas que promuevan las buenas prácticas.
En cuanto al plan de compensación de gastos, la CCS plantea que la falta de claridad podría generar incertidumbre entre las entidades de acogida. Además, considera esencial definir mecanismos equitativos y sostenibles con el fin de asegurarse de que estos fondos sean operativos y accesibles mediante lineamientos claros.
De igual modo, propone implementar programas de colaboración financiados y plataformas digitales que faciliten la gestión de las prácticas como incentivos para la participación activa; así como la entrada en vigor alineada con el calendario académico. La CSS recomienda la aplicación de la norma a partir del siguiente curso académico para permitir a las universidades, empresas y administraciones públicas adaptarse sin afectar a las prácticas actuales.
En cuanto a las propuestas para el desarrollo normativo la Conferencia plantea la necesidad de integración de la norma con las políticas educativas y laborales, puesto que la ley debe alinearse con las normativas de formación profesional y universitaria, garantizando un enfoque coherente que promueva la empleabilidad.
Además, pretende el fomento de la colaboración institucional mediante la creación de mesas de trabajo conjunto entre universidades, incluyendo a sus consejos sociales u órganos que tengan esa función en las universidades privadas, empresas y administraciones públicas para garantizar que la normativa sea efectiva y aplicable en todos los sectores.
Asimismo, sobre el reconocimiento y certificación de las prácticas la CCS propone establecer un sistema de certificación que valore la experiencia práctica tanto para estudiantes como para tutores, incentivando su participación y compromiso.
Finalmente, la Conferencia de Consejos Sociales reafirma su compromiso en la mejora de las prácticas formativas. Sin embargo, el Estatuto requiere ajustes que garanticen su eficacia. Por ello, destaca la importancia de la participación de las universidades y los Consejos Sociales en el desarrollo normativo, así como la alineación de la ley con los marcos educativos y laborales. Por último, subraya la necesidad de desarrollar mecanismos claros y sostenibles para incentivar la colaboración empresarial y promover la calidad formativa.