Nuevo Real Decreto de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios

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El Boletín Oficial del Estado ha publicado el nuevo Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios.

Este decreto fue aprobado en el Consejo de Ministros celebrado el martes 27 y establece las bases para garantizar la calidad en la enseñanza universitaria. Dichas bases tienen carácter retroactivo, por lo que las universidades, ya sean públicas o privadas y de modalidad presencial, virtual o híbrida, tendrán que adaptarse a los requerimientos de calidad establecidos para todo el sistema universitario. Las principales modificaciones introducidas respecto al anterior Real Decreto son las siguientes:

1.- Las universidades deberán disponer de una oferta académica mínima de diez títulos oficiales de grado, seis títulos oficiales de máster y dos programas oficiales de doctorado y deberán estar representadas como mínimo tres de las cinco grandes ramas del conocimiento.

2.- El estudiantado de grado y dobles grados será, como mínimo, el 50% del total del estudiantado oficial. En el caso de que el porcentaje de estudiantes extranjeros matriculados en el conjunto de Másteres oficiales sea superior al 50% del total del estudiantado oficial, se establece en un 35% el límite mínimo de estudiantes de grado y dobles grados oficiales con relación al total del estudiantado oficial.

3.- Los estudiantes matriculados en formación continua no podrán superar en dos veces el número de estudiantes matriculados en títulos oficiales.

4.- Las universidades deberán dedicar al menos un 5% de su presupuesto a un programa o programas propios de investigación. Asimismo, se establece una cifra mínima de publicaciones científicas y/o patentes, así como de proyectos de investigación de ámbito nacional e internacional que deberán solicitar y obtener.

5.- Las universidades deberán tener sistemas internos de garantía de calidad y, en este sentido, los másteres de formación permanente deberán contar con el informe favorable previo de dicho sistema interno.

Este Real Decreto de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios puede descargarse del BOE pulsando aquí.

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